| COMITÉ DE UNIDAD ACADÉMICA |
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¿QUIENES LO INTEGRAN? * El Rector de la Seccional o su delegado. * El Decano o Director de la Unidad Académica, quien lo preside. * Un delegado del Consejo Directivo Seccional. * Un (1) representante de los profesores de la Unidad Académica. * Un (1) representante de los estudiantes de la Unidad Académica. El periodo de funciones del profesor y del estudiante es de un (1) año y ellas se cumplen sin recibir remuneración alguna.
Al momento de ser elegido, debe tener contrato docente vigente con tres 3) años como mínimo de antigüedad en la Universidad Libre y hacer parte de la nómina de la respectiva unidad académica.
Al momento de ser elegido, debe ser alumno regular de la Universidad en el respectivo programa, tener un promedio de calificaciones igual o mayor a 3.5 en los periodos cursados, no tener materias pendientes, y o estar cursando primero o último período académico.
11. Reglamentar el trabajo tutorial y autorizar los cursos de vacaciones cuando el numero de estudiantes justifique académica y económicamente su realización. 12. Determinar los módulos y contenidos programáticos que deben hacer parte del programa de actualización académica para los estudiantes que no se hubieren graduado dentro de los cinco (5) años posteriores a la culminación del plan de estudios. 13. Autorizar grados póstumos en los términos del Reglamento Estudiantil. 14. Conocer y decidir las investigaciones disciplinarias y emitir los conceptos relacionados con la materia, con base en las atribuciones del Reglamento Estudiantil. 15. Aplicar las sanciones a que hubiere lugar, de acuerdo con el Reglamento Estudiantil. 17. Nominar ante el Consejo Directivo, la participación de los estudiantes del programa para llevar la representación en certámenes especializados y en convenios previamente aprobados por la Universidad. 18. Recomendar al Consejo Directivo el estímulo de Matrícula de Honor y exención de pago de los derechos de matrícula. 19. Otorgar la distinción de Trabajo de Grado Meritorio o Laureado.20. Asesorar al Decano o Director para desarrollar el concurso de méritos u otros métodos para la selección del profesorado y una vez efectuada la preselección presentar ante el Consejo Directivo los candidatos seleccionados. 21. Revisar la asignación de carga académica del personal docente de cada uno de los programas académicos, dejando constancia respecto al cumplimiento de requisitos de ingreso a la docencia y asignación de carga académica conforme a la dedicación y tipo de vinculación estipulados en las normas internas de la Corporación. 22. Elaborar técnicamente las encuestas de la evaluación docente, que incluye la evaluación estudiantil, la evaluación administrativa y la autoevaluación del profesor. 23. Reglamentar los requisitos especiales de grado. 24. Reglamentar otros aspectos propios de su competencia, previa coordinación con el Rector Seccional y de acuerdo con el Reglamento Estudiantil. 25. Darse su propio reglamento. |